miércoles, 18 de septiembre de 2013

CONTADOR MUNICIPAL SERÍA NOMBRADO POR EL ALCALDE O ALCALDESA

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  • Comisión de Asuntos Municipales y Desarrollo Local Participativo Dictaminó dos Proyectos.
  • Municipalidades buscan representación permanente en la Junta Directiva de la empresa de servicios públicos de Heredia.


San José, 17 de setiembre de 2013. Este martes en la Comisión de Asuntos Municipales y Desarrollo Local Participativo, presidida por el Diputado liberacionista Juan Bosco Acevedo Hurtado, en sustitución de la Diputada Siany Villalobos Arguello, se dictaminaron dos proyectos que buscan la reforma del expediente 18.561 y el expediente 18. 807.

El expediente 18.561 pretende reformar el inciso f) del artículo 13 y los artículos 51 y 52 del Código Municipal, con el objetivo de que el nombramiento del contador municipal sea potestad del alcalde de la respectiva municipalidad, por ser este un funcionario eminentemente administrativo.

Esta situación genera en las municipalidades una gran preocupación, dado que las funciones propias del contador son eminentemente administrativas, definidas en las leyes y en las disposiciones menores promulgadas por la misma municipalidad e incluso por la Contraloría General de la República, al punto de que dependen para su ejercicio de la intervención del alcalde municipal.

Asimismo, el expediente 18.807 tiene la finalidad de reformar el artículo 20 de la Ley N. º 7789, Transformación de la Empresa de Servicios Públicos de Heredia, para otorgar a dichas corporaciones municipales una representación permanente en la Junta Directiva de la Empresa de Servicios Públicos de Heredia.

Por medio de la reforma al artículo 20 de la Ley N. º 7789, se busca adaptar la representación de las municipalidades a los tiempos actuales, y darle un puesto permanente a las municipalidades de San Rafael y San Isidro, socias de la empresa y reconocer también la condición de socio mayoritario al Municipio de Heredia, otorgándole otro puesto en la Junta Directiva, para un total de siete miembros

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